Las autoridades públicas promueven su participación e integración en la gestión del ambiente. Nº 1013, inc. b) del Art. La Autoridad competente puede solicitar información, documentación u otra similar para asegurar el cumplimiento de las normas ambientales. <> Los gobiernos locales organizan el ejercicio de sus funciones ambientales, considerando el diseño y la estructuración de sus órganos internos o comisiones, en base a sus recursos, necesidades y el carácter transversal de la gestión ambiental. 8.3 La Política Nacional del Ambiente es parte integrante del proceso estratégico de desarrollo del país. Suspensión o cancelación del permiso, licencia, concesión o cualquier otra autorización, según sea el caso. TÍTULO III INTEGRACION DE LA LEGISLACION AMBIENTAL CAPÍTULO 1 APROVECHAMIENTO SOSTENIBLE DE LOS RECURSOS NATURALES Artículo 92°.- De los recursos forestales y de fauna silvestre 92.2 El Estado promueve y apoya el manejo sostenible de la fauna y flora silvestres, priorizando la protección de las especies y variedades endémicas y en peligro de extinción, en base a la información técnica, científica, económica y a los conocimientos tradicionales. Los recursos naturales transfronterizos se rigen por los tratados sobre la materia o en su defecto por la legislación especial. endobj Sin perjuicio de ello, el funcionario o servidor público encargado de remitir la información mencionada, será considerado como falta grave. Prevenir, controlar, restringir y evitar según sea el caso, actividades que generen efectos significativos, nocivos o peligrosos para el ambiente y sus componentes, en particular cuando ponen en riesgo la salud de las personas. 79 0 obj endobj Ley General del Ambiente LEY Nº 28611 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY GENERAL DEL AMBIENTE TÍTULO PRELIMINAR DERECHOS Y PRINCIPIOS Artículo I.- Del derecho y deber fundamental Toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un … Presentar anualmente un informe sobre las acciones, avances y resultados de los programas de educación ambiental. <> Promueve la participación de dichas comunidades de acuerdo a los fines y objetivos de las ANP donde se encuentren. Para promover la conservación de la diversidad biológica, la Autoridad Ambiental Nacional promueve, a través de una Comisión Nacional, los bonos de descontaminación u otros mecanismos alternativos, a fin de que las industrias y proyectos puedan acceder a los fondos creados al amparo del Protocolo de Kyoto y de otros convenios de carácter ambiental. Por ley y su reglamento se regula el procedimiento y la declaratoria de dicha Emergencia. Cuando una misma conducta califique como más de una infracción se aplicará la sanción prevista para la infracción de mayor gravedad, sin perjuicio de que puedan exigirse las demás responsabilidades que establezcan las leyes. 31.2 El ECA es obligatorio en el diseño de las normas legales y las políticas públicas. ley general del ambiente. endobj 29 0 obj 0000000976 00000 n – La autoridad ambiental competente será aquella en se obtenga mayor ingreso bruto anual • La normativa específica sectorial de promoción a las inversiones, igualmente modificará al CMARN. En particular, podrán someterse a estos medios los siguientes casos: Determinación de montos indemnizatorios por daños ambientales o por comisión de delitos contra el medio ambiente y los recursos naturales. 26.2 El incumplimiento de las acciones definidas en los PAMA, sea durante su vigencia o al final de éste, se sanciona administrativamente, independientemente de las sanciones civiles o penales a que haya lugar. Autoridades Ambientales Tiene los siguientes objetivos: Orientar la formulación, aprobación y aplicación de políticas nacionales, sectoriales, regionales y locales en materia de gestión ambiental y uso sostenible de los recursos naturales y la ocupación ordenada del territorio, en concordancia con las características y potencialidades de los ecosistemas, la conservación del ambiente, la preservación del patrimonio cultural y el bienestar de la población. 0 Los criterios para la determinación de la supervisión y sanción serán establecidos por dicho Ministerio. El Estado, en coordinación con los gremios y organizaciones empresariales, promueve la elaboración y adopción de normas voluntarias, así como la autorregulación por los titulares de operaciones, para mejorar su desempeño ambiental, sin perjuicio del debido cumplimiento de la normatividad vigente. 22 0 obj Consultor de entidades públicas y privadas. Sin perjuicio del contenido específico de la Política Nacional del Ambiente, el diseño y aplicación de las políticas públicas consideran los siguientes lineamientos: El respeto de la dignidad humana y la mejora continua de la calidad de vida de la población, asegurando una protección adecuada de la salud de las personas. 122.3 Las empresas o entidades que desarrollan actividades extractivas, productivas, de comercialización u otras que generen aguas residuales o servidas, son responsables de su tratamiento, a fin de reducir sus niveles de contaminación hasta niveles compatibles con los LMP, los ECA y otros estándares establecidos en instrumentos de gestión ambiental, de conformidad con lo establecido en las normas legales vigentes. 77.1 Las autoridades nacionales, sectoriales, regionales y locales promueven, a través de acciones normativas, de fomento de incentivos tributarios, difusión, asesoría y capacitación, la producción limpia en el desarrollo de los proyectos de inversión y las actividades empresariales en general, entendiendo que la producción limpia constituye la aplicación continua de una estrategia ambiental preventiva e integrada para los procesos, productos y servicios, con el objetivo de incrementar la eficiencia, manejar racionalmente los recursos y reducir los riesgos sobre la población humana y el ambiente, para lograr el desarrollo sostenible. Guardar Guardar Diapositivas Semana 3 para más tarde. 33.2 La Autoridad Ambiental Nacional, en el proceso de elaboración de los ECA, LMP y otros estándares o parámetros para el control y la protección ambiental, debe tomar en cuenta los establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) o de las entidades de nivel internacional especializadas en cada uno de los temas ambientales. Learn how we and our ad partner Google, collect and use data. Es un referente obligatorio en el diseño y aplicación de todos los instrumentos de gestión ambiental. endobj 0000000891 00000 n 68 0 obj Toda persona tiene derecho: • 22. : – DL N° 708: Sobre Minería, DL 753 sobre tierras agrícolas – DL N° 653, Ley Promoción a las Inversiones en el Agro,etc • La normativa sectorial reglamentaria generará hipersectorialización ambiental El Sistema jurídico posterior al CMARN • Lo que siguió como tendencia • Simultáneamente a la hipersectorialización, pero con menor velocidad, se generará un proceso de TRANSECTORIALIZACIÓN – Creación de CONAM (1994), tras implementación (propiamente hacia 1997 ) genera relativa búsqueda de concertación transectorial. <> Declaración de Río PRINCIPIO 15 Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Facilitar y estimular el acceso a la información y al conocimiento, articulando adecuadamente conocimientos y tecnologías tradicionales con conocimientos y tecnologías modernas. Cierta imperatividad para que gobiernos locales cuenten con Sistemas de Gestión Ambiental; debería ser gradual 2. – Limita algunos alcances del CMARN. 88.3 Son características y condiciones intrínsecas a los derechos de aprovechamiento sostenible, y como tales deben ser respetadas en las leyes especiales: Utilización del recurso de acuerdo al título otorgado. Es deber del Estado fomentar el conocimiento y uso de los medios de resolución y gestión de conflictos ambientales, como el arbitraje, la conciliación, mediación, concertación, mesas de concertación, facilitación, entre otras, promoviendo la transmisión de conocimientos, el desarrollo de habilidades y destrezas y la formación de valores democráticos y de paz. 111.1 El Estado promueve el establecimiento e implementación de modalidades de conservación ex situ de la diversidad biológica, tales como bancos de germoplasma, zoológicos, centros de rescate, centros de custodia temporal, zoocriaderos, áreas de manejo de fauna silvestre, jardines botánicos, viveros y herbarios. 109 0 obj << /Linearized 1 /O 111 /H [ 667 224 ] /L 108055 /E 6703 /N 34 /T 105756 >> endobj xref 109 12 0000000016 00000 n Ley Orgánica. Su establecimiento, no excluye la aprobación de otras normas, parámetros, guías o directrices, orientados a prevenir el deterioro ambiental, proteger la salud o la conservación de los recursos naturales y la diversidad biológica y no altera la vigencia de los ECA y LMP que sean aplicables. 127.2 El Ministerio de Educación y la Autoridad Ambiental Nacional coordinan con las diferentes entidades del Estado en materia ambiental y la sociedad civil para formular la política nacional de educación ambiental, cuyo cumplimiento es obligatorio para los procesos de educación y comunicación desarrollados por entidades que tengan su ámbito de acción en el territorio nacional, y que tiene como lineamientos orientadores: El desarrollo de una cultura ambiental constituida sobre una comprensión integrada del ambiente en sus múltiples y complejas relaciones, incluyendo lo político, social, cultural, económico, científico y tecnológico. Legiitmidad del Accionante y Código Procesal Civil 3. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente. 36.2 Conforme al marco normativo presupuestal y tributario del Estado, las entidades públicas de nivel nacional, sectorial, regional y local en el ejercicio y ámbito de sus respectivas funciones, incorporan instrumentos económicos, incluyendo los de carácter tributario, a fin de incentivar prácticas ambientalmente adecuadas y el cumplimiento de los objetivos de la Política Nacional Ambiental y las normas ambientales. 0000000804 00000 n Nancy Arana ALUMNAS: Chico Herre, DEFINICION CONDIONES DE SEGURIDAD DIAPOSITIVA 2 Se consideran condiciones de seguridad aquellas condiciones materiales q, TALLER INTERNACIONAL DE CAPACITACION EN DERECHOS AMBIENTALES Y MEDIOAMBIENTALES EARTHRIGHTS INTERNACIONAL COLEGIO DE ABOGADOS DE IQUITOS IQUITOS MARZO 2007 DERECHO AMBIENTAL LEY GENERAL DEL AMBIENTE Ley N° 28611 (15/10/05) ( Dr. Pierre Foy Valencia Abogado Ambientalista IDEA PUCP Código del Medio Ambiente y los R.N (DL 613, 1990) • Principios jurídico-ambientales – Desarrollo “sostenible” / Enfoque holístico / Prevención“ Contaminador pagador” / Educación / Información y participación / Legitimación procesal (Cualquier ciudadano puede salir en defensa del medio ambiente) • Dimensión internacional • Criterios de política ambiental; escueta mención al régimen tributario • Criminalización ambiental: De los delitos y la penas. 54 0 obj Igualmente, la información debe ser accesible mediante Internet. El fortalecimiento de la gestión ambiental, por lo cual debe dotarse a las autoridades de recursos, atributos y condiciones adecuados para el ejercicio de sus funciones. La promulgación de la Ley General del Ambiente, Ley Nº 28611 cierra una 85.3 La Autoridad Ambiental Nacional, en coordinación con las autoridades ambientales sectoriales y descentralizadas, elabora y actualiza permanentemente, el inventario de los recursos naturales y de los servicios ambientales que prestan, estableciendo su correspondiente valorización. La transversalidad de la educación ambiental, considerando su integración en todas las expresiones y situaciones de la vida diaria. 104 0 obj<>stream 111.2 El objetivo principal de la conservación ex situ es apoyar la supervivencia de las especies en su hábitat natural, por lo tanto debe ser considerada en toda estrategia de conservación como un complemento para la conservación in situ. aplican de conformidad con lo establecido en la Política Nacional del Ambiente y deben guardar concordancia entre sí. De los sujetos de la gestión ambiental, TÍTULO III. RÉGIMEN ECONÓMICO: DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES – Art. Los recursos naturales transfronterizos se rigen por los tratados sobre la materia o en su defecto por la legislación especial. Rendir cuenta acerca de los mecanismos, procesos y solicitudes de participación ciudadana, en las materias a su cargo. Base legal: Literal b) del Artículo 4 y Artículos 10, 11 y 12 de la Ley N.º 27446, Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (23/04/2001) y sus modificatorias. Prevenir, controlar y mitigar los riesgos y daños ambientales procedentes de la introducción, uso, comercialización y consumo de bienes, productos, servicios o especies de flora y fauna. 5. Al mismo tiempo también tendrás una referéncia del grado de aceptación del caso. Externalidad no justificada. startxref Mecanismos “ex post” Artículo X.-Del principio de equidad Artículo XI.-Del principio de gobernanza ambiental Del principio precautorio LGA Ley N° 28611 Artículo VII.-Del principio precautorio Cuando haya peligro de daño grave o irreversible,la falta de certeza absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces y eficientes para impedir la degradación del ambiente. 108.1 Las áreas naturales protegidas - ANP son los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, expresamente reconocidos, establecidos y protegidos legalmente por el Estado, debido a su importancia para conservar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país. Con la Ley General del Ambiente se atienden importantes desafíos para la prosperidad nacional. <> Establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo sostenible del país. Tozudez en subsumir ecosistemas marino y costeros en el marco de la conservación de la DB, cuando documentos ecuménicos del desarrollo sostenible accesible diferencian claramente estos conceptos Didáctica normativa confusionista al integrar las Areas Naturales Protegidas (ANPs) COMO PARTE DE LA DB Resulta inocultable el no comprometerse a “agarrar al toro por las astas” en cuanto la parte sustantiva de los delitos ambientales. 13.1 La gestión ambiental es un proceso permanente y continuo, constituido por el conjunto estructurado de principios, normas técnicas, procesos y actividades, orientado a administrar los intereses, expectativas y recursos relacionados con los objetivos de la política ambiental y alcanzar así, una mejor calidad de vida y el desarrollo integral de la población, el desarrollo de las actividades económicas y la conservación del patrimonio ambiental y natural del país. E)Ley 27783, Ley de Bases de Descentralización. El servicio es de forma presencial. La Autoridad Ambiental Nacional coordina con las autoridades competentes la formulación, ejecución y evaluación de los planes destinados a la mejora de la calidad ambiental o la prevención de daños irreversibles en zonas vulnerables o en las que se sobrepasen los ECA, y vigila según sea el caso, su fiel cumplimiento. ... • Ley General del Ambiente (Ley 28611). Las autoridades ejercen sus funciones conforme al carácter transversal de la gestión ambiental, tomando en cuenta que las cuestiones y problemas ambientales deben ser considerados y asumidos integral e intersectorialmente y al más alto nivel, sin eximirse de tomar en consideración o de prestar su concurso a la protección del ambiente, incluyendo la conservación de los recursos naturales. Trabajo Practico 1 Poderes del Estado. 23.1 Corresponde a los gobiernos locales, en el marco de sus funciones y atribuciones, promover, formular y ejecutar planes de ordenamiento urbano y rural, en concordancia con la Política Nacional Ambiental y con las normas urbanísticas nacionales, considerando el crecimiento planificado de las ciudades, así como los diversos usos del espacio de jurisdicción, de conformidad con la legislación vigente, los que son evaluados bajo criterios socioeconómicos y ambientales. • PROYECTO NO APROBADO • Segunda.Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles. – Sectorializa todo lo ambiental. En Lima, a los trece días del mes de octubre de dos mil cinco. TERCERA.- De la corrección a superposición de funciones legales. El Estado fomenta la investigación, recuperación y trasferencia de los conocimientos y las tecnologías tradicionales, como expresión de su cultura y manejo de los recursos naturales. <> 0000006453 00000 n Ley General del Ambiente LEY Nº 28611 DIARIO DE LOS DEBATES - PRIMERA LEGISLATURA ORDINARIA DE 2005 CONCORDANCIAS EL PRESIDENTE DEL … La promoción de estrategias y acciones internacionales que aseguren un adecuado acceso a los recursos genéticos y a los conocimientos tradicionales, respetando el procedimiento del consentimiento fundamentado previo y autorización de uso; las disposiciones legales sobre patentabilidad de productos relacionados a su uso, en especial en lo que respecta al certificado de origen y de legal procedencia; y, asegurando la distribución equitativa de los beneficios. 72.3 De conformidad con la ley, los pueblos indígenas y las comunidades nativas y campesinas, pueden beneficiarse de los recursos de libre acceso para satisfacer sus necesidades de subsistencia y usos rituales. endobj Las autoridades pueden establecer normas complementarias siempre que no se opongan al Régimen Común. xref El Estado promueve el establecimiento e implementación de modalidades de conservación in situ de la diversidad biológica. Las entidades públicas promueven mecanismos de participación de las personas naturales y jurídicas en la gestión ambiental estableciendo, en particular, mecanismos de participación ciudadana en los siguientes procesos: Elaboración y difusión de la información ambiental. <> Multa no mayor de 30,000 Unidades Impositivas Tributarias vigentes a la fecha en que se cumpla el pago. En tanto no se establezcan en el país, Estándares de Calidad Ambiental, Límites Máximos Permisibles y otros estándares o parámetros para el control y la protección ambiental, son de uso obligatorio los establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS), en caso que por esta no fuera regulada entonces se recurrirá a cualquier otra entidad internacional especializada en temas ambientales.) 82.2 Las normas, disposiciones y resoluciones sobre adquisiciones y contrataciones públicas consideran lo señalado en el párrafo anterior, en la definición de los puntajes de los procesos de selección de proveedores del Estado. Promover la protección, recuperación y/o rehabilitación de los ecosistemas degradados y frágiles. El ejercicio de los derechos de propiedad y a la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria, están sujetos a las limitaciones que establece la ley en resguardo del ambiente. 50 0 obj La gestión del ambiente y de sus componentes, así como el ejercicio y la protección de los derechos que establece la presente Ley, se sustentan en la integración equilibrada de los aspectos sociales, ambientales y económicos del desarrollo nacional, así como en la satisfacción de las necesidades de las actuales y futuras generaciones. Gh?�=��fbX(#/�論hʗ/��tb��A�(D��+��]���^p*JOpk(zy� ��Y��l�n��.�W�����s�zGF��e⥓bX�-���Sa{����� endobj (ver al respecto www.conam.gob.pe), pero tenía un carácter estructural significativo. La investigación científica y tecnológica está orientada, en forma prioritaria, a proteger la salud ambiental, optimizar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y a prevenir el deterioro ambiental, tomando en cuenta el manejo de los fenómenos y factores que ponen en riesgo el ambiente; el aprovechamiento de la biodiversidad, la realización y actualización de los inventarios de recursos naturales y la producción limpia y la determinación de los indicadores de calidad ambiental. Ley General del Ambiente. Artículo 110°.- De los derechos de propiedad de las comunidades campesinas y nativas en las ANP El Estado reconoce el derecho de propiedad de las comunidades campesinas y nativas ancestrales sobre las tierras que poseen dentro de las ANP y en sus zonas de amortiguamiento. 35.2 La Autoridad Ambiental Nacional administra el SINIA. Expositor, investigador y profesor visitante en temas de su especialidad. 96.2 El Estado promueve el empleo de las mejores tecnologías disponibles para que el aprovechamiento de los recursos no renovables sea eficiente y ambientalmente responsable. La promoción efectiva de la educación ambiental y de una ciudadanía ambiental responsable, en todos los niveles, ámbitos educativos y zonas del territorio nacional. 23.3 Las instalaciones destinadas a la fabricación, procesamiento o almacenamiento de sustancias químicas peligrosas o explosivas deben ubicarse en zonas industriales, conforme a los criterios de la zonificación aprobada por los gobiernos locales. Ausencia del mar y el aire como recursos (gran absurdo, pese a incluirlo asistemáticamente en otros apartados) Ley General del Ambiente Ley N° 28611 (15/10/05) LO MALO 5. 0% 0% encontró este documento útil, Marcar este documento como útil. <> DENUNCIA 2. <> Ley General del Ambiente Ley N° 28611 (15/10/05) TÍTULO II: DE LOS SUJETOS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO CAPÍTULO CAPÍTULO CAPÍTULO 1. Complementariedad de los diversos pisos ecológicos y regiones naturales en la construcción de una sociedad ambientalmente equilibrada. Medios para la resolución y gestión de conflictos ambientales, ley nº 29151 ley general del sistema nacional de bienes estatales, Interrelación con modelos, doctrina y jurisprudencia. – Desarrollo de normativas sobre diversidad biológica y cambio climático – Reglamento de los LMPs-ECAs – Ley del SEIA (Sistema Nacional de Evaluación Ambiental) – Aproximación al Ordenamiento Territorial Ambiental (PCM) – Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental – Normas del marco descentralizador: región y municipio – Autoridades Concertadas – Mecanismos de Participación e Información Ambiental – Ley Marco (y Reglamento) del Sistema Nacional de Gestión Ambiental – LEY GENERAL DEL AMBIENTE 2005 Constitución Política de 1993 • CONSTITUCION DOGMATICA – Art. 2.1 Las disposiciones contenidas en la presente Ley, así como en sus normas complementarias y reglamentarias, son de obligatorio cumplimiento para toda persona natural o jurídica, pública o privada, dentro del territorio nacional, el cual comprende el suelo, subsuelo, el dominio marítimo, lacustre, hidrológico e hidrogeológico y el espacio aéreo. 137.1 Iniciado el procedimiento sancionador, la autoridad ambiental competente, mediante decisión fundamentada y con elementos de juicio suficientes, puede adoptar, provisoriamente y bajo su responsabilidad, las medidas cautelares establecidas en la presente Ley u otras disposiciones legales aplicables, si es que sin su adopción se producirían daños ambientales irreparables o si se arriesgara la eficacia de la resolución a emitir. Apoyar el fortalecimiento de capacidades de las autoridades correspondientes para conducir la gestión de los espacios y los recursos naturales de su jurisdicción, promoviendo la participación ciudadana y fortaleciendo a las organizaciones de la sociedad civil involucradas en dicha tarea. endobj 88.1 Por ley orgánica se definen los alcances y limitaciones de los recursos de libre acceso y el régimen de aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, teniendo en cuenta en particular: El sector o sectores del Estado responsables de la gestión de dicho recurso. ACCESO LA INFORMACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Se incorporan aspectos como la obligación del Estado de diseñar el marco tributario nacional, considera los objetivos de la Política Nacional Ambiental; lineamientos ambientales básicos en la elaboración de las políticas públicas; definición de objetivos en la planificación y ordenamiento territorial; en la elaboración de estándares de calidad ambiental y límites máximos permisibles se tomen en cuenta los parámetros establecidos por la OMS. 22.1 El ordenamiento territorial ambiental es un objetivo de la descentralización en materia de gestión ambiental. El Ministerio de Economía y Finanzas informa acerca del gasto y la inversión en la ejecución de programas y proyectos públicos en materia ambiental. ... • Ley General del Ambiente (Ley 28611). Regular la extracción comercial de recursos marinos y costeros productivos, considerando el control y mitigación de impactos ambientales. 0000000591 00000 n 0000001100 00000 n A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida • CONSTITUCION ECONOMICA. 59.1 Los gobiernos regionales y locales ejercen sus funciones y atribuciones de conformidad con lo que establecen sus respectivas leyes orgánicas y lo dispuesto en la presente Ley. Lic. El Estado promueve que los titulares de operaciones adopten sistemas de gestión ambiental acordes con la naturaleza y magnitud de sus operaciones, con la finalidad de impulsar la mejora contínua de sus niveles de desempeño ambiental. 23.2 Los gobiernos locales deben evitar que actividades o usos incompatibles, por razones ambientales, se desarrollen dentro de una misma zona o en zonas colindantes dentro de sus jurisdicciones. Decomiso, temporal o definitivo, de los objetos, instrumentos, artefactos o sustancias empleados para la comisión de la infracción. Sus funciones y atribuciones específicas se establecen por ley y se desarrollan en su Reglamento de Organización y Funciones. 120.2 El Estado promueve el tratamiento de las aguas residuales con fines de su reutilización, considerando como premisa la obtención de la calidad necesaria para su reuso, sin afectar la salud humana, el ambiente o las actividades en las que se reutilizarán. Las sanciones administrativas que correspondan, se aplican de acuerdo con lo establecido en la presente Ley. 22.2 El Poder Ejecutivo, a propuesta de la Autoridad Ambiental Nacional y en coordinación con los niveles descentralizados de gobierno, establece la política nacional en materia de ordenamiento territorial ambiental, la cual constituye referente obligatorio de las políticas públicas en todos los niveles de gobierno. Ley N.° 28611. 0000002203 00000 n La ley y su reglamento desarrollan los componentes del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental. La Autoridad Ambiental Nacional convocará en un plazo de 60 días contados desde la publicación de la presente Ley, a un grupo técnico nacional encargado de revisar las funciones y atribuciones legales de las entidades nacionales, sectoriales, regionales y locales que suelen generar actuaciones concurrentes del Estado, a fin de proponer las correcciones o precisiones legales correspondientes. 92.1 El Estado establece una política forestal orientada por los principios de la presente Ley, propiciando el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, así como la conservación de los bosques naturales, resaltando sin perjuicio de lo señalado, los principios de ordenamiento y zonificación de la superficie forestal nacional, el manejo de los recursos forestales, la seguridad jurídica en el otorgamiento de derechos y la lucha contra la tala y caza ilegal. El MINAM solicitará la información a las entidades generadoras de información con la finalidad de elaborar los informes nacionales sobre el estado del ambiente. POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE CAPÍTULO 3. Eliminar las exigencias y requisitos de forma que obstaculicen, limiten o impidan la eficaz participación de las personas naturales o jurídicas en la gestión ambiental. Modifícase el inciso j) del artículo 8 de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, en los siguientes términos: “j) Ejercer potestad sancionadora en el ámbito de las áreas naturales protegidas, aplicando las sanciones de amonestación, multa, comiso, clausura o suspensión, por las infracciones que serán determinadas por decreto supremo y de acuerdo al procedimiento que se apruebe para tal efecto.”, SEGUNDA.- Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles. ACEPTAR, Texto Original (Diario Oficial El Peruano), Del derecho a la participación en la gestión ambiental, Del derecho de acceso a la justicia ambiental, Del principio de internalización de costos, Del principio de responsabilidad ambiental, Política nacional del ambiente y gestión ambiental, De las limitaciones al ejercicio de derechos, Del carácter de orden público de las normas ambientales, De la vinculación con otras políticas públicas, De los lineamientos ambientales básicos de las políticas públicas, De la política exterior en materia ambiental, Del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, De la planificación y del ordenamiento territorial ambiental, De los objetivos de la planificación y el ordenamiento territorial, Del ordenamiento territorial ambiental y la descentralización, Del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, De los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental, De la Declaratoria de Emergencia Ambiental, De las normas transitorias de calidad ambiental de carácter especial, De los planes de descontaminación y el tratamiento de pasivos ambientales, De los planes de prevención y de mejoramiento de la calidad ambiental, Del Sistema Nacional de Información Ambiental, Del financiamiento de la gestión ambiental, De la información sobre el gasto e inversión ambiental del Estado, Del rol del sector privado en el financiamiento, Acceso a la información ambiental y participación ciudadana, De la información sobre denuncias presentadas, De la incorporación de información al SINIA, De las estadísticas ambientales y cuentas nacionales, De los mecanismos de participación ciudadana, De los deberes del Estado en materia de participación ciudadana, De los criterios a seguir en los procedimientos de participación ciudadana, De las competencias ambientales del Estado, De las deficiencias en la asignación de atribuciones ambientales, Del alcance de las disposiciones transectoriales, Del ejercicio sectorial de las funciones ambientales, Del ejercicio descentralizado de las funciones ambientales, Del ejercicio de las competencias y funciones, De la concertación en la gestión ambiental regional, De la concertación en la gestión ambiental local, De las políticas poblacionales y gestión ambiental, De los pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas, Del aprovechamiento de recursos naturales y pueblos indígenas, comunidades campesinas y nativas, Del manejo integral y prevención en la fuente, De los sistemas de gestión ambiental y mejora continua, De la responsabilidad social de la empresa, De las normas técnicas nacionales, de calidad y ecoetiquetado, Del control de materiales y sustancias peligrosas, Aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, De los recursos naturales y del rol del Estado, De los recursos naturales transfronterizos, De la definición de los regímenes de aprovechamiento, De las medidas de gestión de los recursos naturales, De los recursos forestales y de fauna silvestre, De los lineamientos para políticas sobre diversidad biológica, De la protección de los conocimientos tradicionales, Del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, De las áreas naturales protegidas por el Estado, De los derechos de propiedad de las comunidades campesinas y nativas en las ANP, De la protección de la calidad de las aguas, Ciencia, tecnología y educación ambiental, De la investigación ambiental científica y tecnológica, Del fomento de la investigación ambiental científica y tecnológica, De las comunidades y tecnología ambiental, De la Política Nacional de Educación Ambiental, De la difusión de la ley en el sistema educativo, Del régimen de fiscalización y control ambiental, Régimen de responsabilidad por el daño ambiental, De la relación con otros regímenes de responsabilidad, Del Registro de Buenas Prácticas y de Infractores Ambientales, De la responsabilidad de los profesionales y técnicos, De la responsabilidad por daños ambientales, De las causas eximentes de responsabilidad, Del informe de la autoridad competente sobre infracción de la normativa ambiental, Medios para la resolución y gestión de conflictos ambientales, De los medios de resolución y gestión de conflictos, De las limitaciones al laudo arbitral y al acuerdo conciliatorio, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, TÍTULO I. Política nacional del ambiente y gestión ambiental, CAPÍTULO 2. El Estado, a través del Sector Educación, en coordinación con otros sectores, difunde la presente Ley en el sistema educativo, expresado en actividades y contenidos transversales orientados a la conservación y uso racional del ambiente y los recursos naturales, así como de patrones de conducta y consumo adecuados a la realidad ambiental nacional, regional y local. El Estado asegura la continuidad de los procesos ecológicos y evolutivos, así como la historia y cultura del país mediante la protección de espacios representativos de la diversidad biológica y de otros valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico existentes en los espacios continentales y marinos del territorio nacional, a través del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, regulado de acuerdo a su normatividad específica. 31.1 El Estándar de Calidad Ambiental - ECA es la medida que establece el nivel de concentración o del grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, presentes en el aire, agua o suelo, en su condición de cuerpo receptor, que no representa riesgo significativo para la salud de las personas ni al ambiente. Guardar Guardar Diapositivas Semana 3 para más tarde. TÍTULO III INTEGRACION DE LA LEGISLACION AMBIENTAL CAPITULO 2 CONSERVACION DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA Artículo 97°.- De los lineamientos para políticas sobre diversidad biológica La política sobre diversidad biológica se rige por los siguientes lineamientos: b. El rol estratégico de la diversidad biológica y de la diversidad cultural asociada a ella, para el desarrollo sostenible. 71 0 obj <> Su protección y conservación pueden ser invocadas como causa de necesidad pública, conforme a ley. Si la autoridad decidiera que la denuncia no es procedente ello debe ser notificado, con expresión de causa, a quien proporciona la información, quedando a salvo su derecho de recurrir a otras instancias. Las audiencias públicas se realizan, al menos, en la zona donde se desarrollará el proyecto de inversión, el plan, programa o en donde se ejecutarán las medidas materia de la participación ciudadana, procurando que el lugar elegido sea aquel que permita la mayor participación de los potenciales afectados. El costo de las acciones de prevención, vigilancia, restauración, rehabilitación, reparación y la eventual compensación, relacionadas con la protección del ambiente y de sus componentes de los impactos negativos de las actividades humanas debe ser asumido por los causantes de dichos impactos. endobj Artículo 6º.- LEY GENERAL. endobj realicen actividades de … Contribuir a consolidar e impulsar los procesos de concertación entre el Estado y los diferentes actores económicos y sociales, sobre la ocupación y el uso adecuado del territorio y el aprovechamiento de los recursos naturales, previniendo conflictos ambientales. 139.2 Se considera Buenas Prácticas Ambientales a quien ejerciendo o habiendo ejercido cualquier actividad económica o de servicio, cumpla con todas las normas ambientales u obligaciones a las que se haya comprometido en sus instrumentos de gestión ambiental. Compl. 48 0 obj 94.3 La Autoridad Ambiental Nacional promueve la creación de mecanismos de financiamiento, pago y supervisión de servicios ambientales. <> Cuando se realicen consultas públicas u otras formas de participación ciudadana, el sector correspondiente debe publicar los acuerdos, observaciones y recomendaciones en su portal institucional. %PDF-1.6 %���� La planificación y el ordenamiento territorial tienen por finalidad complementar la planificación económica, social y ambiental con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservación y aprovechamiento sostenible. 0000005143 00000 n En realidad su Título III (Integración de la Legislación Ambiental) es equívoco pues toda la Ley cumple ese cometido. El interés y desarrollo por la investigación sobre temas ambientales en la niñez y juventud. Rafael Cahuana. Ley N.° 28245. <> En el ejercicio de sus funciones, las autoridades públicas adoptan medidas para: b. Promover el desarrollo de corredores ecológicos que integren las potencialidades de las diferentes vertientes de las montañas, aprovechando las oportunidades que brindan los conocimientos tradicionales de sus pobladores. 48.2 La Autoridad Ambiental Nacional establece los lineamientos para el diseño de mecanismos de participación ciudadana ambiental, que incluyen consultas y audiencias públicas, encuestas de opinión, apertura de buzones de sugerencias, publicación de proyectos normativos, grupos técnicos y mesas de concertación, entre otros. <> g. La inclusión de mecanismos para la efectiva distribución de beneficios por el uso de los recursos genéticos y biológicos, en todo plan, programa, acción o proyecto relacionado con el acceso,aprovechamiento comercial o investigación de los recursos naturales o la diversidad biológica. La autoridad competente convoca públicamente a los procesos de participación ciudadana, a través de medios que faciliten el conocimiento de dicha convocatoria, principalmente a la población probablemente interesada. 33.1 La Autoridad Ambiental Nacional dirige el proceso de elaboración y revisión de ECA y LMP y, en coordinación con los sectores correspondientes, elabora o encarga, las propuestas de ECA y LMP, los que serán remitidos a la Presidencia del Consejo de Ministros para su aprobación mediante decreto supremo. 122.2 El sector Vivienda, Construcción y Saneamiento es responsable de la vigilancia y sanción por el incumplimiento de LMP en los residuos líquidos domésticos, en coordinación con las autoridades sectoriales que ejercen funciones relacionadas con la descarga de efluentes en el sistema de alcantarillado público. 120.1 El Estado, a través de las entidades señaladas en la Ley, está a cargo de la protección de la calidad del recurso hídrico del país. 124.2 El Estado, a través de los organismos competentes de ciencia y tecnología, otorga preferencia a la aplicación de recursos orientados a la formación de profesionales y técnicos para la realización de estudios científicos y tecnológicos en materia ambiental y el desarrollo de tecnologías limpias, principalmente bajo el principio de prevención de contaminación. 33.3 La Autoridad Ambiental Nacional, en coordinación con los sectores correspondientes, dispondrá la aprobación y registrará la aplicación de estándares internacionales o de nivel internacional en los casos que no existan ECA o LMP equivalentes aprobados en el país. Accede a más de 120 millones de documentos de más de 100 países, incluida la mayor colección de legislación, jurisprudencia, formularios y libros y revistas legales. El Plan debe considerar su financiamiento y las responsabilidades que correspondan a los titulares de las actividades contaminantes, incluyendo la compensación por los daños generados, bajo el principio de responsabilidad ambiental. <> %PDF-1.2 %���� ORGANIZACIÓN DEL ESTADO AUTORIDADES PÚBLICAS POBLACIÓN Y AMBIENTE EMPRESA Y AMBIENTE En este Título destaca la obligación del Estado de promover la producción limpia, la definición de responsabilidad social ambiental, el turismo sostenible y el consumo responsable. h. La protección de la diversidad cultural y del conocimiento tradicional. Artículo 104°.- De la protección de los conocimientos tradicionales 104.1 El Estado reconoce y protege los derechos patrimoniales y los conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales de las comunidades campesinas, nativas y locales en lo relativo a la diversidad biológica. 93 0 obj <> TÍTULO I POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE Y GESTIÓN AMBIENTAL CAPÍTULO 4 ACCESO A LA INFORMACIÓN AMBIENTAL Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Artículo 51°.- De los criterios a seguir en los procedimientos de participación ciudadana Sin perjuicio de las normas nacionales, sectoriales, regionales o locales que se establezca, en todo proceso de participación ciudadana se deben seguir los siguientes criterios: e. Cuando en las zonas involucradas con las materias objeto de la consulta habiten poblaciones que practican mayoritariamente idiomas distintos al castellano, la autoridad competente garantiza que se provean los medios que faciliten su comprensión y participación. endobj Conservación de la diversidad biológica, CAPÍTULO 4. El reconocimiento de los derechos soberanos del Perú como país de origen sobre sus recursos biológicos, incluyendo los genéticos. 0000003855 00000 n El informe será evacuado dentro de un plazo no mayor de treinta (30) días, contados desde la recepción del pedido del fiscal de la investigación preparatoria o del juez, bajo responsabilidad.
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